Antes de empezar: ¿IVA o ITP?
Para el IVA de un coche comprado en otro país de la UE, se considera nuevo si se cumple cualquiera de estas dos condiciones: se entrega antes de que pasen seis meses desde su primera puesta en servicio, o ha recorrido como máximo 6.000 km. Para considerarlo usado a estos efectos, deben cumplirse las dos condiciones contrarias: más de seis meses y más de 6.000 km.
Si es un vehículo nuevo a efectos fiscales y se trae a Península o Baleares, la AEAT indica que la adquisición intracomunitaria tributa por IVA en España, aunque el vendedor sea particular. Si eres particular, la AEAT indica que se liquida con el modelo 309: dentro de los 30 días desde la operación y siempre antes de la matriculación definitiva. Revisa las instrucciones y el supuesto exacto antes de pagar. Canarias, Ceuta y Melilla tienen impuestos indirectos propios y reglas territoriales distintas.
En una compra de un coche usado a un particular, normalmente no hay IVA desglosado en la venta; puede corresponder ITP/TPO al comprador. Se presenta ante la administración tributaria de la comunidad autónoma que corresponda, no como regla general ante la AEAT. El modelo, el plazo, la base y el tipo dependen de la comunidad y del caso. En una compra a un profesional, revisa la factura: puede llevar IVA desglosado o aplicar un régimen especial como el del margen. No des por hecho que ITP e IVA se pagan a la vez por la misma transmisión.
Para localizar el portal oficial de tu comunidad, usa el directorio del Punto de Acceso General y busca allí “ITP”, “vehículos usados” o el modelo que indique esa administración.
1. Reúne los datos y documentos
Ten a mano contrato o factura, justificante del pago, documentos originales del vehículo, fecha de primera matriculación, kilometraje acreditado, CoC o documentación técnica disponible y el domicilio fiscal donde se matriculará. Pide a la ITV de tu elección que confirme qué documentación necesita para expedir la ficha española.
2. Revisa el IEDMT (impuesto de matriculación)
Antes de solicitar la matrícula española, comprueba si el vehículo está sujeto y no exento, qué base corresponde y qué tipo se aplica. No se determina solo por ser importado: pueden influir emisiones homologadas de CO₂, valoración fiscal, clase del vehículo, comunidad autónoma y posibles beneficios que exigen requisitos.
- Territorio común: entra en la sede de la AEAT · Primera matriculación. Si corresponde pagar, se presenta el modelo 576 por internet. El formulario determina la cuota y emite el código electrónico de matriculación; sigue las opciones de pago que muestre la sede y guarda el justificante. La AEAT ofrece atención presencial con cita a ciertos particulares, que deben llevar antes el NRC del pago.
- Modelo 05: solicítalo solo si el supuesto concreto de no sujeción, exención o reducción requiere reconocimiento previo. Se presenta antes de matricular, telemáticamente o ante la Delegación/Administración de la AEAT del domicilio fiscal; espera a que la Administración reconozca el beneficio.
- Modelo 06: sirve para determinados supuestos de exención o no sujeción en los que no se requiere ese reconocimiento previo. La AEAT indica presentación presencial porque hay que aportar documentos; algunos gestores administrativos colegiados adheridos al convenio pueden presentarlo por vía telemática. No es una alternativa libre al 576: confirma que encajas en sus instrucciones.
- País Vasco o Navarra: si el domicilio fiscal corresponde a territorio foral, consulta y presenta el trámite ante la Hacienda Foral competente. No presentes automáticamente el modelo estatal en la AEAT.
Si no sabes si tu caso va por 576, 05 o 06, usa el informador de la AEAT o consulta con la Hacienda competente antes de seguir. Guarda el justificante de pago, exención o no sujeción que te solicite la DGT.
3. Pasa la ITV de importación y pide la ficha española
Reserva una inspección en una estación ITV autorizada y pregunta previamente qué documentos técnicos hacen falta para ese coche. Tras la inspección favorable, la estación tramita la tarjeta ITV española necesaria para matricularlo. El precio de la inspección no es una tasa nacional única: el régimen tarifario lo establece cada comunidad autónoma y puede variar por tipo de vehículo y estación. Pide el precio directamente a la ITV.
4. Consulta y liquida el IVTM en el ayuntamiento
El IVTM es el impuesto municipal de circulación. Consulta el importe, posibles bonificaciones y forma de pago con el ayuntamiento u organismo de recaudación que gestione el domicilio fiscal del vehículo. La DGT requiere el justificante de pago o de exención para matricular. La cuota y los canales de pago dependen de la ordenanza y del municipio; para una primera matriculación, confirma con el ayuntamiento qué liquidación corresponde y en qué momento abonarla.
5. Presenta la matriculación y paga la tasa DGT
Con la ficha ITV y los justificantes fiscales que correspondan, solicita a la DGT la matriculación de un vehículo procedente de la UE. Comprueba el trámite y la tasa vigente en la página de matriculación de la DGT. Para presentar por internet, compra la tasa antes en la sede de la DGT —o págala dentro del trámite si esa opción aparece— y guarda el justificante/número de tasa. En una Jefatura, puedes pagar con tarjeta en el momento o aplicar una tasa que ya tengas pagada; no se admite efectivo en ventanilla. La matrícula se asigna cuando la DGT resuelve favorablemente.
6. Encarga las placas españolas
Cuando tengas la matrícula asignada, compra las placas en un centro autorizado de expedición. La fabricación de las placas tiene un precio propio y variable: no es un impuesto ni forma parte de la tasa DGT. Lleva la documentación original que te indique el centro. Antes de circular, verifica que el vehículo ya está matriculado, tiene seguro obligatorio y cumple los requisitos de ITV.
Resumen rápido: Alemania o Francia
El orden fiscal y de matriculación en España es esencialmente el mismo para ambos países: Alemania y Francia pertenecen a la UE. No hay arancel aduanero ordinario por trasladar un coche de un Estado miembro a otro, pero eso no elimina IVA, ITP, IEDMT, IVTM, ITV o tasa DGT cuando procedan.
- Desde Alemania: guarda contrato o factura, justificante del pago y documentación alemana original del vehículo; confirma qué documento técnico acepta la ITV. Si se compra a particular, revisa el ITP de tu comunidad; si fiscalmente es nuevo, confirma el IVA español.
- Desde Francia: guarda contrato o factura y los originales franceses del vehículo; pide al vendedor que acredite la baja o el cambio necesario para exportación cuando corresponda. El IVA/ITP y los trámites españoles se determinan con los mismos criterios de edad, kilómetros, vendedor y domicilio fiscal.
En ambos casos: revisa primero el impuesto de compra que proceda; prepara la ITV; consulta el IEDMT con AEAT o Hacienda Foral según tu domicilio fiscal; confirma el IVTM con tu ayuntamiento; presenta la matriculación en DGT y compra después las placas.
Fuentes oficiales
- DGT: matricular un vehículo proveniente de la UE
- DGT: cómo comprar y pagar las tasas
- AEAT: primera matriculación, modelos 576, 05 y 06
- AEAT: instrucciones del modelo 576
- AEAT: modelo 05 y reconocimiento previo
- AEAT: modelo 06 sin reconocimiento previo
- AEAT: cuándo un vehículo de la UE es nuevo a efectos del IVA
- AEAT: modelo 309, plazo y matriculación de vehículos nuevos
- DGT: impuesto municipal IVTM
- Punto de Acceso General: portales de las comunidades autónomas
- BOE: Real Decreto 920/2017, tarifas ITV y normativa de inspección
Importante: esta guía es informativa. No confirma que debas pagar un impuesto ni calcula una liquidación oficial. Antes de comprar, pide a la administración competente que confirme la obligación, el importe, el modelo, el plazo y el medio de pago para tu vehículo y domicilio.